1. Todo individuo es sujeto de derecho y Obligaciones, y el Estado, a través del Poder
, es el encargado de velar por su protección.
2. Cuando a un
es afectado en sus derechos, el poder judicial ejerce la función
para tutelar y defender la esfera jurídica del individuo.
3. El ejercicio de las acciones civiles requiere:
I.- La existencia de un
o la necesidad de declararlo, preservarlo o constituirlo;
II.- La
de un derecho o el
de una obligación;
III.- La
para ejercitar la acción por sí, o por
;
IV.- El
en el actor para deducirla. Falta el requisito del interés siempre que no pueda alcanzarse el objeto de una acción, aún suponiendo favorable la sentencia.
4. Nuestro CPCSLP clasifica a las acciones en reales,
y de estado civil.
5. Por las acciones reales se reclamarán: la herencia, los
o la declaración de libertad de gravámenes reales.
6. Las acciones personales se deducirán para exigir el cumplimiento de una obligación personal, ya sea de
, de
o
determinado acto, como por ejemplo la petición de
.
7. Las acciones de estado civil tienen como uno de sus objetivos atacar el contenido de las constancias del
para que se anulen o rectifiquen
.
8. La acción reivindicatoria es un ejemplo de acción
.
9. El otorgamiento de Firma y Escritura es un ejemplo de acción
.
10. El divorcio es un ejemplo de acción de
.
11. La acción civil se ejercita al momento de presentar una
ante la autoridad jurisdiccional.
12. Podemos desistirnos del ejercicio de una acción, siempre que el derecho que es tutelado sea
.
13. Hay dos tipos de desistimiento, de la accion y de la
; la primera importa la perdida de la acción, y el segundo quedan a salvo los derechos del actor para volver a ejercitar sus acciones.
14. El instrumento de defensa del demandado en contra de las acciones son las
.
15. Las excepciones se dividen en
y
.